Consejo Nacional convoca a Asamblea General para postergar elecciones generales ordinarias tras publicación de la Ley Nº 21.239  

2745

La normativa publicada el pasado 23 de junio establece que se prorroga el mandato actualmente vigente de los directorios de asociaciones gremiales -entre otras organizaciones-, por hasta tres meses después que el estado de excepción constitucional de catástrofe haya finalizado, plazo en el cual se deberá realizar el proceso eleccionario correspondiente. En esta línea, lo definido hoy fue ajustarse a lo indicado por la norma, posponer las elecciones y convocar a Asamblea General para el próximo viernes 10 de julio para ratificar la decisión.

El pasado 23 de junio de 2020 se publicó en el Diario Oficial el texto de la Ley N°21.239, impulsada por organizaciones comunitarias, que no tienen sistemas digitales de elección, ante la imposibilidad de efectuar sus comicios, por la situación sanitaria del país. En su artículo único, la ley prorroga hasta tres meses después de cesado el estado de excepción constitucional de catástrofe, las directivas u órganos de administración vigentes de las organizaciones indicadas en la ley, entre ellas, las asociaciones gremiales.  

De acuerdo al análisis de nuestro Departamento de Jurídica, el artículo único de la Ley N°21.239 es confuso en su redacción y puede dar lugar a dos interpretaciones: 

  • Es posible realizar elecciones de directivos durante la vigencia del estado de catástrofe. Si ellas no son impugnadas, no se produce la prórroga de los mandatos que finalizan durante este periodo, asumiendo los dirigentes que resulten elegidos. 
  • No es posible realizar elecciones de directivos durante la vigencia del estado de catástrofe, a partir de la entrada en vigencia de la ley. 

Al inicio de la sesión, la Presidenta del Colegio Médico, Dra. Izkia Siches, explicó que la propuesta de la Mesa Directiva Nacional era seguir lo dispuesto por la Ley y  que la decisión se basa en que “nos preocupa proteger al Colegio, y esperamos que ése también sea el ánimo de todo el Consejo. Lamentablemente, hemos visto algunas declaraciones un tanto desafortunadas en torno a la institución y sabiendo que pueden existir algunas personas que, sin importar la relevancia de un proceso democrático como éste, tomen acciones legales para impugnar las elecciones, creemos que eso implica exponer innecesariamente al Colegio Médico de Chile completo, y es lo que queremos evitar”. 

Considerando la inseguridad jurídica que genera la referida ley y las consecuencias que podría tener en el desarrollo de las elecciones de la Orden, previstas para los días 27, 28, 29 y 30 de agosto del año en curso, el H. Consejo Nacional, en sesión extraordinaria, acordó por unanimidad (40 votos), proponer la postergación de las elecciones generales del Colegio Médico de Chile, por cuanto la ley N° 21.239, es confusa en su redacción y puede dar lugar a la impugnación de los procesos electorales que se realicen a partir de su entrada en vigencia y durante el actual estado de excepción constitucional de catástrofe, que se extenderá, presumiblemente, hasta el día 18 de septiembre de 2020. 

Esta propuesta de postergación del proceso electoral deberá ser aprobada por la Asamblea General de la Orden, la que se convoca, para este único objeto, para el día 10 de julio del presente año, a las 15:00 horas, por vía telemática. Además, el proceso electoral que por este acuerdo se propone suspender, se deberá realizar dentro del plazo que el artículo único de la Ley N° 21.239 establece, es decir, dentro de los tres meses posteriores al término del estado de excepción constitucional.

Le invitamos a revisar esta sesión de H. Consejo Nacional a continuación: