COLMED participa en discusión de proyecto de Ley Adriana

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El Gremio reconoció que es un problema que del cual hay que hacerse cargo y que se puede hacer mejorando el Régimen General de Garantías en Salud y la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes. Igualmente, que se requiere elevar el estándar de muchas maternidades del país, que no permitirían aplicar todas las exigencias de la Ley debido a la falta de recursos en infraestructura y recursos humanos.

Ante la Comisión de Mujer y Equidad de Género, que preside la Senadora Claudia Pascual, presentó este martes el Presidente del Colegio Médico de Chile, Dr. Patricio Meza, en el marco de la discusión del proyecto de ley que establece derechos en el ámbito de la gestación, preparto, parto, postparto, aborto, salud ginecológica y sexual, y sanciona la violencia gineco-obstétrica, más conocida como Ley Adriana.

En la oportunidad, el Dr. Meza presentó la postura consensuada por la Mesa Directiva Nacional, resumida en los siguientes puntos:

  • Como Colegio Médico empatizamos con aquellas mujeres que se han visto expuestas a condiciones de parto inadecuadas, que han marcado negativamente la experiencia del nacimiento de sus hijas e hijos. Infraestructura anacrónica y precaria, recurso humano y financiero insuficiente, malos tratos y falta de respeto a su autonomía en las decisiones son algunos de las manifestaciones centrales de esta violencia. Nuestro objetivo es aportar para lograr una atención en salud que respetando la autonomía y de manera inclusiva entregue estándares de calidad y seguridad al binomio madre-hijo.
  • Al mismo tiempo, como Colegio Médico no estamos de acuerdo con que la forma de abordar problemas sanitarios reales, complejos y multidimensionales sea legislando en particular por cada uno de ellos cuando se aúnan voluntades para aquello.
  • Reconocemos que la normativa actual ha sido insuficientemente aplicada para abordar adecuadamente la violencia obstétrica, y creemos que es necesario hacerlo en el marco normativo que existe, como la Ley 19.966 del Régimen General de Garantías en Salud, y la Ley 20.584 de Derechos y Deberes de Pacientes, cuerpos legales que permitirían incorporar los ejes del Proyecto de Ley, y donde deberían incluirse este tipo de materias, para contar con una legislación que efectivamente resguarde la dignidad de las personas gestantes, recién nacidos y sus familias. Sumado a lo anterior, la ausencia del Ministerio de Salud como ente rector y promotor de la política sanitaria es desconocer la historia de las políticas de salud en nuestro país, que tantos éxitos nos han dado.
  • Fortalecer las condiciones para un parto humanizado, para que todas las personas tengan una experiencia en condiciones de respeto y que reconozcan la autonomía de las mujeres, nos parece favorable, y debe ser reconocido el problema, asegurando la dignidad del trato, la privacidad, confidencialidad y reconocimiento a la multiculturalidad. La capacitación y la formación que propone el Proyecto de Ley nos parece necesaria y es posible abordarla al alero del marco normativo actual.
  • Además, para hacer efectivos los principios que movilizan la Ley, que busca asegurar el derecho a un parto humanizado, e instalar este principio en el quehacer y cultura hospitalaria, es fundamental contar con los recursos económicos que permitan alcanzar las condiciones de bienestar para personas gestantes y por nacer. Una ley por sí misma no asegura ni garantiza resultados, más aún sin presupuesto, considerando que las condiciones de atención en el parto tienen un componente y explicación en la precariedad de la infraestructura y falta de recursos humanos hospitalarios, ya que no se puede reducir la problemática a la responsabilidad del personal de salud.
  • En línea con lo anterior, este proyecto de ley arriesga un aumento en la judicialización sin abordar el problema de fondo, lo que consideramos es perjudicial tanto para profesionales de la salud como pacientes. Además, diluye la responsabilidad de la autoridad sanitaria sobre la problemática. Como es sabido, todo procedimiento médico tiene riesgo de complicaciones y esto no es sinónimo de violencia ginecobstétrica, y eso no queda claro en el proyecto de ley. También, la ley establece que cada mujer puede llegar con su plan de parto y es obligación del centro de salud respetarlo, en contexto de que las condiciones de las maternidades están lejos de poder soportar esa promesa, como ha sido presentado por los actores directamente involucrados en la atención del parto en más de una oportunidad.
  • Sumado a esto, el proyecto plantea una serie de disposiciones que apuntan más a temas reglamentarios que al ámbito de un proyecto de ley, que como señalamos pueden abordarse por un camino que el marco actual permite. Los aspectos técnicos son propios de normativas, guías clínicas, protocolos y otros pertinentes de la discusión de organismos técnicos ad hoc. Enumerar procedimientos específicos en un proyecto de ley no responde a la naturaleza variable en el tiempo de las evidencias asociadas a procedimientos sanitarios.
  • Finalmente, esperamos que el Parlamento y el Ejecutivo puedan aceptar estas consideraciones, para lograr una iniciativa legal consensuada, que efectivamente promueva los estándares en la atención de parto acorde a las expectativas de las gestantes y sus familias.

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