Asamblea General aprueba la creación de una Comisión Revisora de Cuentas y la Unidad de Control Interno

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En sesión extraordinaria, se definieron también otros cambios en el reglamento que rige a nuestra institución, relacionados con la inclusión del lenguaje inclusivo, inhabilidades para ejercer cargos, modernización en la publicación de convocatoria a la Asamblea y relevantes artículos transitorios. Adicionalmente,  se aprobó la incorporación de un Consejero Nacional por La Araucanía.

En la última jornada de trabajo de nuestra Asamblea General que se realiza en el Hotel Termas de Chillán, en la Región de Ñuble, se desarrolló la Sesión Extraordinaria, instancia en la cual, de acuerdo a nuestra normativa interna, se deben votar los cambios de Estatutos.

La Dra. Inés Guerrero, presidenta de la comisión encargada en definir la propuesta que se sometió a votación, junto al abogado jefe del COLMED, Adelio Misseroni, fueron los encargados de presentar los cambios sugeridos por el grupo de trabajo conformado, además, por el Dr. Juan Pedro Andreu, Presidente del Regional Ñuble; el Dr. Mauricio Cancino, Consejero Nacional del Consejo Regional Valparaíso; el Dr. Iván Mendoza, Vicepresidente del Consejo Regional Santiago; la Dra. Erna Oliveros, Consejera Nacional del Consejo Regional Concepción.

La primera propuesta sometida a votación fue modificar todos los artículos de los Estatutos, incorporando la referencia a médicos y médicas, socios y socias, en atención al compromiso de Colegio Médico con la equidad de Género, y considerando el aumento de la participación femenina en la actividad gremial de la orden, lo cual fue aprobado por 43 votos a favor, 6 en contra y 4 abstenciones.

La segunda sugerencia fue extender las inhabilidades que eran exclusivas para la Mesa Directiva Nacional, a Consejeros/as Regionales o Nacionales por Santiago, Valparaíso y Concepción, ni dirigentes de Agrupaciones Nacionales o Capítulos Médicos, además de sumar otros cargos que generar incompatibilidad, quedando ahora extendido también a los subdirectores/as de servicios de salud, los directores/as y subdirectores/as de hospitales de alta y mediana complejidad, los gerentes/as y directores/as médicos de establecimientos privados de salud de complejidad análoga a los referidos anteriormente, los presidentes/as regionales, nacionales o miembros de los organismos directivos centrales de partidos políticos y los directores/as, ejecutivos/as, médicos/as contralores de una Isapre, presidentes y contralores de COMPIN. Además, se agregó el inciso que señala que “quienes estuvieren cumpliendo una sanción de suspensión de la calidad de afiliado/a e inhabilitación para desempeñar cargos gremiales impuesta por los Tribunales de Ética de la Orden, estarán impedidos/as de desempeñar los cargos indicados en el inciso primero durante todo el tiempo de la condena. Si fueren sancionados/as en el ejercicio de uno de esos cargos, cesarán en él”. Esto fue aprobado de manera unánime, con 52 votos a favor.

Asimismo, se votó el cambio al Artículo 29, numeral 3, incorporando las frases destacadas en negrita: “Aprobada la acusación por el Consejo Regional a que pertenezca el afectado/a, o por el Consejo Nacional, en su caso, la Mesa Directiva Nacional incluirá la materia en la Tabla de la próxima Asamblea General Ordinaria, siempre que haya de celebrarse dentro de los tres meses siguientes al acuerdo, con el fin de que se pronuncie sobre la culpabilidad del acusado en los términos previstos en los incisos cuarto y quinto del Nº 10 del artículo 9° de los presentes Estatutos. En caso contrario se citará con el mismo fin a Asamblea General Extraordinaria”. Esto fue aprobado de manera unánime por 51 votos a favor.

También, se votó el cambio al Artículo 29, numeral 4, incorporando las frases destacadas en negrita: “Respecto de los actos cometidos por los Presidentes y Presidentas de los Consejos Regionales, por el Vicepresidente/a, el Secretario/a y el Tesorero/a del Consejo Regional Santiago, o por los Consejeros y Consejeras Nacionales por Santiago, Valparaíso y Concepción, dentro del ámbito de sus actuaciones como Consejeros Nacionales, la acusación corresponderá a la mayoría de los Consejeros Nacionales y la declaración de culpabilidad a los dos tercios de los miembros en ejercicio del mismo Consejo. Declarada la culpabilidad el acusado/a quedará suspendido de su cargo y se procederá conforme a lo dispuesto en el Nº 3 anterior”. Esto fue aprobado de manera unánime por 52 votos a favor.

Igualmente, se propuso modernizar el sistema de citación a la Asamblea General, permitiendo que la publicación se pueda realizar también en un diario digital, sumando la publicación obligatoria en la página web institucional, debiendo permanecer visible hasta el término de la respectiva Asamblea, y difundido a través de las redes sociales institucionales. Además, deberá ser comunicado, dentro de los diez días que preceden a la reunión, a la dirección electrónica que los afiliados/as hubieren registrado en el Colegio Médico de Chile, lo cual fue aprobado de manera unánime por 52 votos.

De manera unánime, por 50 votos, se aprobó la sugerencia de incorporar un nuevo título undécimo, que crea una Comisión Revisora de Cuentas, compuesta de tres miembros que durarán tres años en sus funciones, cuyas obligaciones y atribuciones serán revisar los antecedentes contables, verificar la ejecución presupuestaria, nacional y regional, investigar cualquier irregularidad de orden financiero o económico de que tome conocimiento, entre otras. También, se crea una Unidad de Control Interno integrada por, a lo menos, dos funcionarios/as del Colegio Médico de Chile que la Mesa Directiva Nacional determine, con competencias en materias contables o financieras, cuyas funciones serán revisar la confiabilidad e integridad de la información financiera, revisar los medios de salvaguardia de activos y, cuando sea apropiado, verificar la existencia de tales activos y su correcta utilización, verificar la eficiencia y uso adecuado de los recursos, revisar el uso de los bienes y de los contratos que celebre el Colegio Médico y evaluar el sistema de control interno, velando por el cumplimiento de las políticas y procedimientos establecidos.

En cuanto a los artículos transitorios, por 41 a favor, 6 en contra y 4 abstenciones, se acordó que las reformas a los Estatutos acordadas en Asamblea General Extraordinaria del Colegio Médico de Chile (A.G.) de 01 de octubre de 2022 entrarán en vigencia una vez aprobadas por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y que para computar los plazos de doce años a que se refieren los artículos 14 y 26 de estos Estatutos, se considerará todo período desempeñado como miembro de la Mesa Directiva Nacional, o como Consejero/a Regional o Nacional por Santiago, Valparaíso y Concepción, anterior o posterior a la entrada en vigencia de las modificaciones que introdujeron la referida limitación temporal en los artículos antes mencionados.

Y también, que la primera elección de los tres miembros de la Comisión Revisora de Cuentas se realizará en la Sesión de H. Consejo Nacional siguiente a la aprobación de las reformas. El primero de los elegidos durará un año en su cargo, el segundo dos y el tercero tres, plazos que se contarán desde la fecha del respectivo acuerdo, aprobado por 51 votos, de forma unánime.

Finalmente, la Asamblea faculta al Presidente del Colegio Médico, Dr. Patricio Meza, y al abogado Adelio Misseroni, para tramitar la aprobación de las reformas acordadas, de forma unánime, por 52 votos.

Adicionalmente, por solicitud de la Secretaria y la Tesorera del Consejo Regional Araucanía, doctoras: María Belén Rodríguez y Teresa Castillo, respectivamente, se aprobó agregar en los Estatutos de la Orden la incorporación de un Consejero Nacional por La Araucanía, por 49 votos a favor y 5 abstenciones.

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