Mesa Directiva se reúne con Federación de Asociaciones Médicas de Salud Privada para abordar situación de las Isapres

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La instancia sirvió para aclarar dudas respecto a las gestiones realizadas desde el Gremio en la materia.

Hasta la sede de nuestro Consejo Nacional, llegó la directiva de la Federación de Asociaciones Médicas de Salud Privada, encabezada por su presidente, Dr. Rodrigo Julio, para reunirse con nuestra Mesa Directiva Nacional y abordar la actual crisis de las Isapres, generada por el fallo de la Corte Suprema que las obliga a usar la tabla de factores de la Superintendencia de Salud y a devolver los dineros que pudieran haberse cobrado en exceso, por el no uso de este elemento.

En la reunión, los médicos del sector privado presentaron su preocupación por la situación y por la falta de resguardos para los prestadores privados, especialmente porque de acuerdo con la información recabada por la entidad –a partir de datos, principalmente, de la Asociación de Clínicas de Chile– la deuda total de las Isapres con los prestadores institucionales asciende a $625.863 millones. Del total, un 35%, en promedio, corresponde a honorarios de los profesionales, principalmente médicos, cifra que asciende a $219.052 millones.

Al respecto, nuestros dirigentes detallaron que la exigencia desde el gremio a las autoridades, en las distintas instancias que se han generado -reuniones, presentaciones en la Comisión de Salud del Senado e intervenciones en medios de comunicación-, han apuntado a que es necesario proteger tanto a las y los usuarios de las aseguradoras como a prestadores individuales e institucionales, recalcando que no se puede permitir que esta crisis los perjudique.

Cabe destacar que la propuesta presentada ante la Comisión de Salud del Senado incorpora solicitudes específicas para resguardar a prestadores, las cuales son:

  1. Establecer plazos de pago para los prestadores privados y fortalecer la capacidad de fiscalización de la SIS para su cumplimiento. Se propone, para los prestadores institucionales, un plazo máximo de 60 días para el pago, contado desde la facturación de la prestación realizada, y de 30 días para los prestadores individuales.
  2. Se propone modificar el artículo 226 del D.F.L N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, incorporando a los prestadores individuales e institucionales en el numeral 2° de esa disposición, para el pago de las obligaciones caucionadas con la garantía del artículo 181 del mismo cuerpo normativo.
  3. La SIS debe tener la facultad y capacidad fiscalizadora para exigir el pago en tiempo y forma por parte de las ISAPRES al prestador privado, con mecanismos de sanciones respectivas.
  4. Disponer de línea de crédito extraordinaria y de bajo costo, administrada por Banco Estado o CORFO, para apoyar a prestadores privados institucionales que pudieren verse afectados por eventuales insolvencias de las aseguradoras, debiendo la ley establecer los requisitos para acceder a ella.
  5. Asimismo, en caso de quedar un remanente impago de las deudas con prestadores, se propone incorporar a los prestadores institucionales en el sexto orden de prelación, como crédito de primera clase, de conformidad a lo dispuesto en el número 6 del artículo 2472 del Código Civil. En cuanto al remanente que pudiere quedar respecto a los prestadores de salud individuales, se propone su incorporación en el quinto orden de prelación de los créditos de primera clase ya referidos.

Tanto estas como las demás propuestas relacionadas con el cumplimiento del fallo y la modalidad de cobertura complementaria de FONASA, surgen de las conversaciones con distintos actores, desde actuales y exautoridades del Ministerio y la Superintendencia de Salud, académicos y la Federación de Asociaciones Médicas de Salud Privada.