Informativo sobre Resolución Exenta N° 3566 que revoca inscripción de 92 programas de especialización médica

1814

La Resolución Exenta N° 3566 de la Intendencia de Prestadores de la Superintendencia de Salud, del 3 de agosto de 2023, revoca la inscripción, en el Registro de Entidades Certificadores, de 92 programas de formación de especialistas, de 11 universidades, pero en ningún caso la de los profesionales que los hayan cursado, en el Registro Nacional de Prestadores Individuales.

Además, el Art. 4° transitorio del DS8/2013 establece que “entre el 1° de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2025, quienes posean un título o grado académico de magíster o doctorado universitario, otorgado por una universidad reconocida oficialmente en Chile, relativo a alguna de las especialidades referidas en el Artículo 2° de este Reglamento, tras cumplir un programa de formación y entrenamiento que no se encontrare acreditado de conformidad con la normativa vigente, podrán solicitar a la Superintendencia su inscripción en el registro de especialidades. Desde su inscripción en el antedicho registro, se tendrán por certificadas tales especialidades por el plazo de cinco años”.

Desde el Colegio Médico, junto con la Asociación de Sociedades Científicas-Médicas de Chile (ASOCIMED), la Asociación de Facultades de Medicina de Chile (ASOFAMECH) y la Academia Chilena de Medicina, nos hemos reunido en varias ocasiones con las autoridades de la CNA con el fin de manifestarles nuestra preocupación y propuestas ante la incapacidad del sistema actual para acreditar programas de especialización en Medicina, desde el establecimiento del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, que eliminó la posibilidad de que agencias privadas participaran en la acreditación de programas de postgrados, ha enlentecido estos los procesos, lo que urge corregir, dada la proximidad del vencimiento del plazo del régimen transitorio.

En este sentido, cabe mencionar que, a fines de 2018, 16 Facultades de Medicina ofrecían 286 programas de especialización y APICE había acreditado 174 programas (62%), con un promedio anual de 20 acreditaciones; mientras que el nuevo sistema creado por la Ley N° 21.921, ha acreditado solo 25 programas entre 2019 y 2022, con una cobertura de acreditación de programas de especialidades médicas del 18% en la actualidad.

Tras la última reunión sostenida el 31 de agosto con el Presidente de la CNA, Sr. Andrés Bernasconi, concordamos en que es necesario avanzar en una reforma legislativa que permita incorporar la participación de agencias privadas, independientes y sin fines de lucro, como APICE, en el proceso de acreditación de programas de formación de especialidades y subespecialidades médicas y que, al mismo tiempo, se establezca la obligatoriedad de tal acreditación, cuestión que haremos presente a las autoridades correspondientes.

En el intertanto, reiteramos a quienes están cursando alguno de dichos programas que aquellos que los hayan cursado y aprobado hasta diciembre de 2025, en alguna de las universidades reconocidas oficialmente en Chile, podrán quedar registrados como especialistas en la Superintendencia de Salud.