Colmed presentó observaciones a proyecto que busca establecer seguros por daños causados en el ejercicio de la medicina

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Ante la Comisión de Salud de la Cámara de Diputadas y Diputados, el presidente del Colegio Médico, Dr. Patricio Meza junto al abogado jefe del Colmed, Adelio Misseroni, dieron a conocer la posición del Gremio respecto del proyecto que modifica el Código Sanitario en materia de seguros de responsabilidad civil por daños causados en el ejercicio de la medicina.

“Tenemos algunas aprehensiones con respecto a los efectos colaterales que pudiesen ser negativos, justamente para los mismos usuarios y para el sistema de salud, sobre todo lo que tiene relación con el impacto del encarecimiento en medicina. Estamos dispuestos en colaborar en todo lo que sea necesario”, manifestó el Dr. Meza en sesión realizada este martes por la Comisión de Salud de la Cámara Baja, que analiza agregar dos incisos en el artículo 112 del Código Sanitario que buscan incorporar un seguro de responsabilidad civil ante daños cometidos con ocasión del ejercicio profesional médico.

El presidente del Colmed destacó que no hay claridad si esta medida va beneficiar a los pacientes, pues uno de los grandes problemas sanitarios que tiene el país, es el financiamiento de la salud. “No tenemos claridad cuánto impacto va a tener en el encarecimiento de la salud, ya que obviamente, los médicos si tenemos un seguro obligatorio exclusivo, la tendencia espontánea será solicitar más exámenes de lo que realmente requiera el paciente. Es importante conocer la motivación y beneficio que se plantea con una propuesta legislativa de este tipo para colaborar como Gremio”.

Por su parte, el abogado jefe del Colmed expresó que el proyecto busca introducir dos incisos en el artículo 112 del Código Sanitario, donde uno establece como requisito para desempeñar actividades propias de la medicina, “contar con un seguro de responsabilidad civil ante daños cometidos con ocasión del ejercicio profesional médico y dice que es regla general, salvo excepciones que las va a determinar el reglamento”.

El abogado Misseroni señaló que este inciso “en primer lugar, nos merece cierto cuestionamiento la exigencia de contratar un seguro de responsabilidad civil por daños en un requisito adicional para el ejercicio de la medicina, o sea, es un requisito adicional que hoy no está en la Ley. Hoy basta que un profesional sea habilitado, obtenga el título profesional respectivo en una universidad reconocida por el Estado para que pueda ejercer la medicina y aquí se establece como requisito adicional”.

Agregó el abogado que esta medida no está contemplada para otras profesiones, ni siquiera para las de sector de la salud. “Lo que nosotros creemos que lo transforma en un requisito discriminatorio y en cierto punto de vista, atentatorio o contrario al principio de igualdad ante la ley, porque no se exige la contratación de un seguro para desempeñar otras actividades propias de la salud. Quiero recalcar que hoy en día el concepto que está presente en el ámbito sanitario, es el del equipo de salud. Resulta paradojal que se exija solo a uno de los profesionales que integran el equipo, la obligación de contratar un seguro de salud”.

Finalmente, el jurista mencionó que no se exige este requisito para los prestadores institucionales, sino que sólo para los individuales, es decir, sólo para los médicos. “Esto va aumentar los costos de la salud que van a ser traspasado a los pacientes; se beneficia a las aseguradoras porque se establece un contrato forzoso y se genera un impacto imprevisto en la judicialización de la práctica médica, porque los pacientes insatisfechos podrán demandar”.

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