La Constitución de Bélgica de 1831, es una de las más antiguas del mundo y ha sido reformada en diversas ocasiones. El derecho a la salud está contemplado en el Título II. SOBRE LOS BELGAS Y SUS DERECHOS
(…)
Art. 23º: Toda persona tiene derecho a llevar una vida acorde con la dignidad humana. Con este fin, las leyes federadas y normas a que se refiere el artículo 134 garantizan los derechos económicos, sociales y culturales, teniendo en cuenta las obligaciones correspondientes, y determinan las condiciones para su ejercicio. Estos derechos, incluyen, entre otros, los siguientes: (…)2º el derecho a la seguridad social, a la atención de la salud, y a la asistencia social, médica y letrada (….).

