El derecho a la salud no se encuentra sistematizado en la Constitución de la Nación Argentina de 1853, que fue reformada de manera muy significativa en 1994. Sin embargo, la doctrina consitucional y jurisprudencia argentinas lo reconstruyen como un derecho fundamental en base al art. 14 bis que trata de la seguridad social y el seguro social obligatorio, el art. 33, el art.. 41 y especialmente el artículo 42 que dispone: Los consumidores de bienes y servicios tienen derecho en la relación de consumo a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.